En sentido
amplio, designa a todos los miembros del género humano, hombres, mujeres y
otras orientaciones en cuanto a la sexualidad.
En nuestro
derecho todo hombre es persona, o sea sujeto de derechos y obligaciones,
definiéndolo como todo aquel que presenta signos que lo caractericen como
humano, evitando considerar cualquier tipo de características accidentales.
En sentido
estricto, con la palabra hombre, designamos dentro del género humano, a los de
sexo masculino, con órganos reproductores característicos, que lo facultan
potencialmente para la paternidad.
También se
entiende por hombre la criatura humana varón que ha dejado atrás la niñez, la
pubertad y la adolescencia, para llegar a la adultez.
Los latinos tuvieron a bien pensar que el hombre como especie (el ser humano) era un animal que provenía del suelo (humus, humi en latín). El parecido entre homo y humus es obvio, pues proceden incluso de la misma raíz indoeuropea; así, un hombre (homo) es el que sale del suelo (humus).
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